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Tacógrafo inteligente 2: Las nuevas normas sobre tacógrafos a partir de 2024 y 2025

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Soluciones llave en mano, Gestión de flotas

Debido a la nueva normativa sobre tacógrafos que forma parte del paquete de movilidad de la UE, los camiones y vehículos comerciales de más de 3,5 toneladas que circulen en tráfico transfronterizo tendrán que estar equipados con la nueva versión 2 del tacógrafo inteligente entre 2024 y 2026. Con la lectura digital remota de su tacógrafo inteligente 2, podrá optimizar continuamente el cumplimiento de los requisitos legales por parte del tacógrafo y, al mismo tiempo, reducir el tiempo y los costes de la gestión de su flota.

Tacógrafo inteligente versión 2: La nueva generación de tacógrafos digitales explicada

Los tacógrafos inteligentes, como el smart tacho 2, son la última versión de los tacógrafos digitales. Al igual que sus predecesores, los tacógrafos inteligentes registran los periodos de descanso, las velocidades y las lecturas de kilómetros. Además, los tacógrafos inteligentes también ofrecen una mayor seguridad y eficiencia, así como interfaces abiertas para la integración de servicios adicionales.

Smart tachograph 2: The new generation of digital tachographs_A1 Digital

Desde junio de 2019, todos los vehículos de nueva matriculación están equipados con la 1ª generación de tacógrafos inteligentes, también conocida como tacógrafo inteligente 1. A partir del 21 de agosto de 2023, se instalará la versión 2 del tacógrafo inteligente en todas las nuevas matriculaciones de más de 3,5 toneladas.

Variantes de tacógrafos en la UE

La UE (todavía) diferencia entre tacógrafos analógicos y digitales o de lectura a distancia:

  • Tacógrafos analógicos: Estos tacógrafos permiten a los conductores seleccionar el modo de funcionamiento respectivo mediante un interruptor cuando el vehículo está parado. Estos modos y su duración se registran en un diagrama de papel, el llamado disco del tacógrafo. La instalación de sistemas de control analógicos en las nuevas matriculaciones fue obligatoria hasta abril de 2006.
  • Tacógrafos digitales: Los datos relevantes del conductor y del vehículo se registran digitalmente en la unidad de memoria del vehículo y en la tarjeta del conductor mediante un dispositivo electrónico. Si matriculó un vehículo entre mayo de 2006 y junio de 2019, el tacógrafo digital de primera generación era estándar. A partir de 2025, el tacógrafo inteligente 2 será obligatorio para camiones y vehículos comerciales.

¿A quién afectan en detalle los requisitos del tacógrafo inteligente de 2ª generación?

Los vehículos comerciales utilizados en el transporte transfronterizo, es decir, el transporte internacional por carretera, deben estar equipados con el tacógrafo inteligente 2. Los vehículos de uso puramente nacional (doméstico) generalmente no se ven afectados por esto.

La introducción del tacógrafo inteligente Gen2 se basa en clases de peso:

  • De 2,5 toneladas a 3,5 toneladas: El requisito del tacógrafo para el tacógrafo inteligente versión 2 se aplica a los vehículos comerciales ligeros y furgonetas pequeñas sólo para viajes internacionales o de cabotaje.
  • A partir de 3,5 toneladas: El tacógrafo inteligente versión 2 debe instalarse en los vehículos existentes utilizados internacionalmente antes de la fecha límite. En general, las nuevas matriculaciones deberán estar equipadas con un tacógrafo inteligente versión 2 a partir del 21 de agosto de 2025.

Estos vehículos están sujetos a la conversión y retroadaptación obligatorias a la versión 2 del tacógrafo inteligente de acuerdo con un calendario escalonado. Sin embargo, el reglamento de la UE también especifica casos especiales y excepciones al nuevo requisito del tacógrafo.

Exención legal del tacógrafo inteligente generación 2

El Reglamento de la UE nº 561/2006 define determinadas exenciones a la obligación de utilizar un aparato de control como el tacógrafo inteligente Gen2.

Entre ellas se incluyen:

  • Vehículos de transporte de mercancías con un peso total autorizado de hasta 3,5 toneladas (nuevo a partir de 2026: vehículos de hasta 2,5 toneladas para trayectos transfronterizos).
  • Vehículos de transporte de pasajeros con un máximo de 9 plazas, incluido el conductor
  • Vehículos con una velocidad máxima de 40 km/h
  • Vehículos especializados de asistencia en carretera en un radio de 100 km del lugar de ubicación
  • Vehículos en pruebas de conducción o para desarrollos técnicos
  • Vehículos de transporte privado no comercial de hasta 7,5 toneladas
  • Vehículos de más de 2,5 toneladas pero menos de 3,5 toneladas con fines no comerciales si el transporte no es la actividad principal del conductor
  • Vehículos históricos con fines no comerciales

Plazos para la transición al tacógrafo inteligente versión 2

Los plazos son cruciales para garantizar la conformidad con las normas de tráfico actuales y las nuevas normas del tacógrafo a partir de 2019 y 2020 para utilizar plenamente las ventajas del tacógrafo inteligente v2.

Para el tráfico transfronterizo, la obligación de conversión al tacógrafo inteligente 2 es la siguiente:

  • A partir del 21 de agosto de 2023: Todas las nuevas matriculaciones que pesen más de 3,5 toneladas deberán equiparse con un tacógrafo inteligente 2.
  • Antes del 31 de diciembre de 2024: Los vehículos existentes con tacógrafos analógicos o digitales deben ser retroadaptados con un tacógrafo inteligente 2 para finales de 2024.
  • Antes del 21 de agosto de 2025: Los vehículos existentes equipados con un tacógrafo inteligente 1 deberán instalar un tacógrafo inteligente versión 2.
  • A partir del 1 de julio de 2026: Los vehículos comerciales ligeros de más de 2,5 toneladas deben retroadaptarse con un tacógrafo inteligente v2.
Smart Tacho 2 Timeline_A1 Digital

Nota sobre el periodo de gracia en la primavera de 2025: El 18 de diciembre de 2024, los estados miembros de la UE acordaron una pausa de aplicación de dos meses, del 1 de enero al 28 de febrero de 2025. Cualquiera que, por razones plausibles, no pueda adaptarse al tacómetro inteligente 2 antes del 31 de diciembre de 2024, no será sancionado durante las inspecciones. La aplicación regular se reanudará el 1 de marzo de 2025.

Riesgos y sanciones por incumplimiento de la obligación de utilizar el tacógrafo inteligente de generación 2

Cualquiera que incumpla los plazos de conversión al tacógrafo inteligente de 2ª generación se arriesga a multas sustanciales, controles más frecuentes, cierres en casos individuales e incluso consecuencias en la concesión de licencias en caso de reincidencia.

En la práctica, dos conceptos erróneos en particular conducen a infracciones del tacógrafo inteligente 2:

  • "Rara vez conducimos internacionalmente": Un solo cruce de fronteras (incluido el cabotaje) hace obligatorio el tacógrafo inteligente 2. La nueva generación registra automáticamente los cruces fronterizos, que están sujetos a inspección.
  • "El G1 ya es inteligente": Las funciones del tacógrafo inteligente 1 no cumplen los requisitos de la versión 2 del tacógrafo inteligente. Para evitar sanciones, esta última es obligatoria.

En Alemania, las empresas que incumplan la obligación de actualizarse al tacógrafo inteligente 2 se enfrentan a multas de entre 200 y 1.500 euros. En Austria, la multa es aún mayor, de 400 a 5.000 euros.

Nuevas funciones del tacógrafo inteligente de generación 2

A partir del 21 de agosto de 2023, todos los camiones y vehículos comerciales de nueva matriculación con un peso igual o superior a 3,5 toneladas deberán estar equipados con el tacógrafo inteligente Gen2 para cumplir las nuevas leyes sobre tacógrafos. Esta actualización no sólo sirve para mejorar el control de los vehículos, sino también la seguridad, la protección contra la manipulación y la eficiencia en el sector del transporte.

El tacógrafo inteligente 2 se diferencia de los tacógrafos digitales anteriores en las siguientes funciones clave:

  • Registro automático de los datos de localización: Los datos de localización se registran automáticamente cada vez que el vehículo se carga, se descarga o cruza fronteras. Con esta función se pretende garantizar una competencia leal y evitar prácticas ilegales como los viajes de cabotaje no declarados.
  • Objeto del viaje: Se anota si el vehículo se utiliza para transportar mercancías o pasajeros.
  • Transmisión de datos a distancia: Para apoyar los controles en carretera, el tacógrafo inteligente 2 transmite datos que podrían indicar una posible manipulación o uso indebido del tacógrafo.
  • Información sobre la superación de los tiempos de conducción: Se ha introducido recientemente el registro de datos sobre la superación de los tiempos máximos de conducción permitidos. Ahora, los gestores de flotas pueden hacer un seguimiento más sencillo de los tiempos de trabajo y descanso y de las pausas.

Con la introducción de la versión 2 del tacógrafo inteligente, todos los datos relevantes del vehículo y del conductor, así como los datos para garantizar la seguridad, se recopilan automáticamente y se puede acceder a ellos rápidamente si es necesario.

Paquete de movilidad I de la UE: introducción del tacógrafo inteligente 2

El Paquete de Movilidad I de la UE se adoptó en julio de 2020 y tiene como objetivo estandarizar y mejorar la legislación dentro del transporte de mercancías por carretera en la UE.

Los principales cambios incluyen nuevas regulaciones relativas al acceso al mercado para las empresas de transporte, los períodos mínimos de descanso y las horas máximas de trabajo para los conductores, así como la introducción de nuevas regulaciones de tacógrafo, específicamente el tacógrafo inteligente de generación 2.

Normativa de la UE sobre el tacógrafo inteligente 2

Una parte importante del paquete de movilidad de la UE es la introducción de la generación más reciente de tacógrafos inteligentes, el denominado tacógrafo inteligente 2.

Los Reglamentos de la UE nº 165/2014 y nº 2021/1228 establecen la base jurídica de los tacógrafos digitales a este respecto. El Reglamento n.º 165/2014 introdujo tacógrafos inteligentes que incluyen una conexión GNSS (Sistema Mundial de Navegación por Satélite), varias opciones para la detección temprana a distancia y una interfaz con los sistemas de transporte inteligentes.

El Reglamento de Ejecución (UE) n.º 2021/1228 actualizó finalmente los requisitos técnicos de estos dispositivos e introdujo una 2.ª generación del tacógrafo inteligente. Las nuevas funciones incluyen el registro automático de los cruces fronterizos y las operaciones de carga o descarga, una mayor capacidad de almacenamiento y características de seguridad mejoradas, como la autenticación de las señales GNSS y una transmisión por radio más segura para las consultas a distancia.

El nuevo tacógrafo inteligente 2 con telemática de A1 Digital

El dispositivo telemático de A1 Digital se ha desarrollado especialmente para la lectura remota de los datos del tacógrafo y para la gestión digital de flotas. Al mismo tiempo, los datos se archivan de acuerdo con los requisitos legales. Esto elimina la necesidad de costosas llamadas al taller para leer manualmente los datos, así como el desarrollo de procesos más eficientes y hace que las violaciones de los requisitos legales sean cosa del pasado.

Más información sobre telemática para la lectura remota de datos de tacógrafo de A1 Digital.

Tacógrafo inteligente 2: Preguntas frecuentes (FAQ)

¿Qué es un tacógrafo inteligente?

El tacógrafo inteligente es un dispositivo digital para vehículos comerciales que registra y almacena automáticamente los tiempos de conducción, las pausas y los períodos de descanso de los conductores. Además, un tacógrafo inteligente ayuda a cumplir los requisitos de control y seguridad del legislador.

¿Qué es el tacógrafo inteligente 2?

El tacógrafo inteligente versión 2 es el tacógrafo inteligente más reciente para vehículos comerciales de más de 3,5 toneladas en tráfico transfronterizo.

¿Cuáles son las funciones del nuevo tacógrafo inteligente 2?

El tacógrafo inteligente Gen 2 registra automáticamente los cruces fronterizos, los procesos de carga y descarga, comprueba la autenticidad de las señales GNSS y permite la interrogación remota para los controles preliminares por parte de las autoridades.

¿Qué normativa legal regula el tacógrafo inteligente 2?

La generación 2 del tacógrafo inteligente se rige por los Reglamentos de la UE nº 165/2014 y nº 2021/1228, que definen las funciones y el uso de los tacógrafos inteligentes.

¿Cuándo es obligatorio el tacógrafo inteligente 2?

A partir del 21 de agosto de 2023, el tacógrafo inteligente 2 será obligatorio para todos los camiones y autobuses de nueva matriculación de más de 3,5 toneladas en la UE. A partir del 1 de julio de 2026, el tacógrafo inteligente versión 2 también será obligatorio en los vehículos comerciales de más de 2,5 toneladas en el tráfico transfronterizo. A finales de 2024, los vehículos de más de 3,5 toneladas en tráfico transfronterizo con un tacógrafo analógico o digital de primera generación deberán estar equipados con un tacógrafo inteligente Gen2. Para el 21 de agosto de 2025, este requisito también se aplicará a los vehículos con tacógrafo inteligente 1.

¿Cómo puede integrarse el tacógrafo inteligente 2 en las soluciones de gestión de flotas existentes?

El tacógrafo inteligente 2 puede integrarse perfectamente en los modernos sistemas telemáticos para vehículos de flota a través de interfaces estandarizadas. Esto permite la lectura automatizada de los datos de conducción, que pueden combinarse con otra información del vehículo y analizarse de forma centralizada en el portal de flotas.


Fuentes: